Mercantil y societario: la vida jurídica de tu empresa
La asesoría mercantil y societaria en Galicia acompaña a tu empresa desde que nace hasta que, llegado el caso, se cierra: cada cambio de estatutos, cada junta y cada movimiento de participaciones deja huella jurídica y conviene darlo bien. En JM Asesoría nos ocupamos de que esos actos queden documentados, inscritos y en regla, sin sorpresas. Puedes ver el conjunto en todos nuestros servicios o revisar cómo trabajamos con empresas y autónomos en Galicia.
Cada acuerdo, bien tomado y bien inscrito
Preparamos, formalizamos y coordinamos los actos societarios de tu empresa para que tengan validez, se inscriban en plazo y no generen problemas más adelante.
Modificaciones estatutarias y juntas de socios
Los estatutos son las reglas del juego de la sociedad, y con el tiempo casi todas necesitan tocarlos: cambiar el objeto social, trasladar el domicilio, ampliar o reducir capital, renombrar el órgano de administración o dar entrada a nuevos socios. Cualquiera de esos cambios pasa por un acuerdo de junta, una escritura y su inscripción en el Registro Mercantil. Nosotros preparamos la convocatoria y el orden del día, redactamos las actas y los certificados, y coordinamos con notaría y registro para que el acuerdo llegue firme y bien documentado.
- Convocatoria, orden del día y actas de junta.
- Cambios de objeto, domicilio, capital y administración.
- Coordinación con notaría y Registro Mercantil.
Compraventa y traspaso de participaciones
Comprar, vender o repartir participaciones parece sencillo, pero es uno de los actos que más conviene cuidar. Antes de firmar revisamos los estatutos y el derecho de adquisición preferente de los demás socios, ordenamos el reparto y la valoración, y nos aseguramos de que la operación se formalice correctamente en escritura pública. También te avisamos de las consecuencias fiscales, porque una transmisión de participaciones puede tener recorrido en el IRPF o en el Impuesto sobre Sociedades según quién venda y a qué precio. Si aún estás decidiendo la forma jurídica de tu proyecto, en nuestro artículo sobre autónomo o sociedad limitada explicamos cuándo compensa cada una.
Disoluciones, liquidaciones y cierres ordenados
Cerrar una empresa exige el mismo rigor que abrirla. Una sociedad no desaparece porque deje de tener actividad: hay que acordar la disolución, nombrar liquidador, saldar las deudas, repartir el patrimonio restante entre los socios e inscribir la extinción, además de tramitar las bajas ante Hacienda y la Seguridad Social. Si ese proceso se deja a medias, la responsabilidad puede seguir viva durante años. Nosotros planificamos el cierre paso a paso para que la empresa quede extinguida de forma limpia y definitiva, y acompañamos la parte contable y fiscal que va unida.
¿Tienes entre manos un cambio societario, una operación con participaciones o el cierre de una empresa? Cuéntanos tu situación y te preparamos una propuesta a medida, sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Cada cuánto tengo que celebrar la junta general de mi sociedad?
Con carácter general, la junta general ordinaria debe reunirse dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio para aprobar la gestión social, las cuentas anuales del ejercicio anterior y el reparto o aplicación del resultado. Al margen de esa cita obligatoria, se convocan juntas extraordinarias cuando hace falta adoptar acuerdos concretos (un cambio de estatutos, un nombramiento, una ampliación de capital). En JM Asesoría preparamos la convocatoria, el orden del día y el acta para que cada acuerdo quede bien documentado.
¿Qué necesito para vender mis participaciones en una sociedad limitada?
En la sociedad limitada la transmisión de participaciones no es totalmente libre: los estatutos y la ley fijan un régimen que suele reconocer un derecho de adquisición preferente a los demás socios y a la propia sociedad. Además, la venta se formaliza en escritura pública ante notario. Por eso conviene revisar antes los estatutos, el precio y las consecuencias fiscales de la operación. Nosotros coordinamos esa parte previa y te acompañamos hasta la firma.
¿Puedo cerrar mi empresa sin dejar cabos sueltos?
Sí, pero un cierre ordenado no es solo dejar de facturar. Una sociedad se extingue mediante un proceso de disolución y liquidación: se acuerda la disolución, se nombra liquidador, se pagan las deudas, se reparte lo que quede entre los socios y finalmente se inscribe la extinción en el Registro Mercantil, además de dar de baja la actividad ante Hacienda y la Seguridad Social. Hacerlo bien evita responsabilidades futuras. En JM Asesoría planificamos cada paso para que la empresa quede cerrada de verdad.
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